jueves, noviembre 21, 2024
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Reforman ley 735 de bienes incautados

Con esta reforma, los bienes incautados la delitos serán ingresados a Tesorería Nacional y no en el sistema financiero nacional

La Asamblea Nacional aprobó la Reforma a la Ley 735, Ley de Prevención, Investigación y Persecución del Crimen Organizado y de la Administración de los Bienes Incautados, Decomisados y Abandonados, esto como parte de las acciones nacionales para combatir los delitos, principalmente los relacionados con el crimen organizado, indica el medio 19 Digital.

De acuerdo con esta reforma en el Artículo 48 de dicha Ley se propone que los bienes pecuniarios sean depositados en la cuenta de la Tesorería General de la República en el Banco Central de Nicaragua, por lo anterior se propone una reforma al Artículo 56 para hacerlo consistente con lo dispuesto en el Artículo 48 de dicha Ley, además, se propone en el Artículo 58 que el dinero decomisado, abandonado u obtenido por la venta de bienes en subastas sea destinado por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público una parte para los gastos administrativos de la Unidad Administradora de Bienes Incautados, Decomisados o Abandonados y de las instituciones relacionadas con la aplicación de la presente Ley y la parte restante para cubrir necesidades presupuestarias.

“Esta iniciativa repara una forma de resguardar los bienes incautados, decomisados o abandonados, en el sentido de que la Tesorería General de la República habilita y tiene una cuenta en el Banco Central de Nicaragua, en la disposición anterior lo que había era que serían depositados en el Sistema Financiero Nacional y naturalmente eran recursos recuperados de esas situaciones relacionadas con el crimen organizado y el lavado de activos y eran depositados en el Sistema Financiero Nacional en cualquier banco, en este caso, lo que cambia es, que una vez se hayan recuperado los activos se van a depositar en las cuentas de la Tesorería General de la República en el Banco Central de Nicaragua”, refirió Gustavo Porras, presidente de la Junta Directiva de la Asamblea Nacional.

Según el presidente del parlamento nicaragüense “en cuanto a la disposición de esos activos, queda claro en la reforma que la disposición de todos esos activos procedentes de los bienes subastados van a ser destinados al Ministerio de Hacienda para cubrir necesidades presupuestarias previas a la autorización de la Presidencia de la República, es decir, tiene que ser registrado en el Presupuesto de la República la utilización y asignación de estos activos a una institución cualquiera que sea, salud, educación, esta es una reforma que viene a garantizar un mayor control sobre la utilización y disposición de los bienes incautados, decomisados y abandonados”, concluyó Porras.

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